Juez rechaza impedimento de salida del país contra Dina Boluarte
El juez Fernando Valdez rechazó el pedido fiscal de impedir la salida del país a Dina Boluarte por presunto lavado de activos
El juez Fernando Valdez, de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, declaró infundado el pedido del Ministerio Público que solicitaba 36 meses de impedimento de salida del país para la expresidenta Dina Boluarte, investigada por presunto lavado de activos. La decisión se basa en que la Fiscalía no presentó pruebas ni argumentos suficientes para justificar la medida restrictiva.
Durante la audiencia, el magistrado señaló que el Ministerio Público no demostró la existencia de elementos objetivos que acrediten una urgencia real. Explicó que una “sospecha simple” no constituye base suficiente para aplicar una medida coercitiva de esta naturaleza.
Además, el juez dispuso el archivo del cuaderno fiscal vinculado al pedido, el cual quedará firme si la Fiscalía no interpone un recurso impugnatorio dentro del plazo legal.
¿Por qué el juez rechazó el pedido contra Dina Boluarte?
El magistrado Fernando Valdez cuestionó la falta de sustento de la solicitud presentada por la Fiscalía. En su resolución, sostuvo que no se identificaron actos de investigación urgentes ni riesgos procesales que justificaran restringir los derechos de la expresidenta.
De acuerdo con la decisión judicial, los argumentos del Ministerio Público se basaron en presunciones sin evidencia concreta. El juez precisó que la existencia de una sospecha no es suficiente para aplicar medidas que afecten la libertad de tránsito de una persona investigada.
El fallo indica también que el Ministerio Público no acreditó movimientos financieros irregulares ni transferencias que vinculen directamente a Boluarte con actividades ilícitas.
¿Qué dijo la defensa de Dina Boluarte sobre la decisión judicial?
El abogado Juan Carlos Portugal, defensor de la expresidenta, aseguró que el fallo del juez Valdez confirma que no existe delito alguno en los actos financieros atribuidos a su patrocinada. Afirmó que las operaciones bancarias observadas por la Fiscalía, incluyendo el uso de una cuenta mancomunada, corresponden a actos jurídicos neutros y sin conexión con lavado de activos.
Portugal también destacó que la decisión judicial evidencia la debilidad de la investigación fiscal, la cual, según dijo, no logró sustentar el pedido de impedimento de salida pese a tres años de indagaciones. “La estructura de la investigación quedó reducida a nada”, señaló el abogado.
Asimismo, indicó que la defensa confía en que el Ministerio Público no apelará la decisión, lo que dejaría firme el archivo del cuaderno fiscal.
¿Qué implicancias tiene este fallo para la investigación contra Boluarte?
El rechazo del impedimento de salida no implica el cierre del caso principal por lavado de activos, pero sí representa un revés procesal para la Fiscalía. El archivo del cuaderno fiscal significa que no habrá restricciones de movilidad mientras no se presenten nuevos elementos probatorios.
El fallo también genera un precedente sobre la necesidad de fundamentar adecuadamente las solicitudes de medidas coercitivas. Expertos en derecho penal señalan que este tipo de decisiones refuerzan la exigencia de que toda restricción a derechos personales esté respaldada en pruebas objetivas.
La defensa de Boluarte considera que esta decisión contribuye a reafirmar su inocencia, mientras que el Ministerio Público aún evalúa si interpondrá un recurso de apelación.














