Poder Judicial ordena suspender cobro de peajes en el sur de Lima
El Poder Judicial ordenó a Rutas de Lima suspender el cobro de peajes en Villa y Punta Negra
El Poder Judicial ordenó la suspensión inmediata del cobro de peajes en los puntos de Villa y Punta Negra, operados por la empresa Rutas de Lima S.A.C. La decisión responde a una demanda de hábeas corpus que cuestionó el impacto de estos peajes sobre el derecho al libre tránsito.
La resolución fue emitida por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Pachacámac, que actuó como juez constitucional. La medida incluye sanciones económicas en caso de incumplimiento por parte de la empresa concesionaria.
¿Qué ordenó exactamente el Poder Judicial sobre los peajes?
El Poder Judicial ordenó suspender el cobro de los peajes ubicados en Villa y Punta Negra. La empresa Rutas de Lima S.A.C., encargada de la concesión vial, deberá cesar estos cobros bajo apercibimiento de multas sucesivas si no acata la resolución.
La orden fue dictada tras evaluar una demanda de hábeas corpus presentada por la Municipalidad de Santa María del Mar. El tribunal concluyó que los cobros vulneraban el derecho fundamental al libre tránsito.
Además de la suspensión, el juzgado estableció que el expediente será archivado definitivamente una vez que la resolución sea consentida o ejecutoriada.
¿Quién presentó la demanda contra los peajes y por qué?
La Municipalidad de Santa María del Mar interpuso la demanda el 14 de marzo de 2024. En su argumentación, indicó que el cobro en los peajes de Villa y Punta Negra limitaba el libre tránsito de los ciudadanos, afectando especialmente a los vecinos del sur de Lima.
El juzgado aceptó parcialmente la demanda y ordenó una medida correctiva inmediata. Sin embargo, aclaró que esta decisión no prejuzga sobre la legalidad del contrato de concesión vigente con la empresa.
La medida se sustenta exclusivamente en la protección del derecho constitucional al libre tránsito, según indica la resolución judicial.
¿Cuál es el contexto del contrato con Rutas de Lima?
El contrato de concesión entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y Rutas de Lima fue firmado el 9 de enero de 2013, con una duración de 30 años. La resolución del juzgado incluyó referencias a este acuerdo como parte del análisis legal.
Además, se mencionaron cuestionamientos por presuntos actos de corrupción vinculados a la suscripción del contrato durante la gestión de la exalcaldesa Susana Villarán. Estos antecedentes fueron considerados en la demanda como parte del contexto del caso.
La decisión judicial, sin embargo, se limitó a resolver la presunta vulneración de derechos constitucionales y no se pronunció sobre la validez del contrato.














