SAT considerará límites señalados en el reglamento de tránsito para evaluar fotopapeletas
Infracciones impuestas por exceso de velocidad sin sustento técnico serán anuladas

Lima.
El Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, viene evaluando las fotopapeletas impuestas por exceso de velocidad durante el 2013, tomando en cuenta los límites máximos de velocidad en zonas urbanas que establece la Ley.
El Reglamento Nacional de Tránsito señala que en las calles y jirones el límite de velocidad máximo es de 40 kilómetros por hora, en avenidas es de 60, en vías expresas y carreteras es de 80, mientras que en zonas escolares y de hospitales es de 30 kilómetros por hora.
El SAT informó que aplicará este criterio para evaluar las más de 115 mil fotopapeletas por exceso de velocidad impuestas en lo que va del año, no obstante aclaró que los municipios distritales pueden reducir los límites, si cuentan con un estudio de ingeniería aprobado por la Gerencia de Transporte Urbano – GTU, de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Si no existe este estudio, las papeletas impuestas serán declaradas nulas.
De otro lado, el SAT informó que mantendrá el margen de calibración técnica de +/- 2 kilómetros, que comprende el uso de los cinemómetros, al momento de evaluar la validez de las fotopapeletas impuestas por exceso de velocidad, considerando que una diferencia mayor a este margen, por encima del máximo de velocidad, validará la sanción impuesta.
El resultado de esta evaluación se conocerá el próximo 21 de octubre.