Congreso promulga ley que restituye la detención preliminar
La norma fue aprobada por insistencia en el Pleno del Congreso, tras ser observada por el Poder Ejecutivo
El Congreso de la República promulgó la Ley N° 32255, que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia, permitiendo a los jueces dictar esta medida a solicitud del fiscal cuando existan riesgos procesales.

¿Cuándo se aplicará la detención preliminar?
La norma establece que un juez de investigación preparatoria podrá ordenar la detención en estos casos:
Cuando no hay flagrancia, pero existen pruebas suficientes de un delito con pena mayor a cuatro años y riesgo de fuga o interferencia en la investigación.
Si el detenido en flagrancia logra escapar antes de su captura.
Si una persona detenida en un centro de detención preliminar se fuga.
Proceso legislativo y promulgación de la ley
La norma fue aprobada por insistencia en el Pleno del Congreso, tras ser observada por el Poder Ejecutivo.
La firma de la promulgación estuvo a cargo del presidente del Congreso, Eduardo Salhuana Cavides, y la primera vicepresidenta, Carmen Patricia Juárez Gallegos.
Con esta modificación, se busca garantizar que personas investigadas por delitos graves no puedan evadir la justicia.